Noticias

Imagen: radioudec.cl
En fallo unánime.

Corte de Copiapó rechaza recurso de protección de médicos del Hospital Regional por cierre de Unidad de Cuidados Especiales.

El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción cautelar deducida tras constatar que la redestinación del personal médico fue adoptada por la autoridad administrativa facultada.

7 de septiembre de 2022

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Hospital Regional, que dispuso el cierre de la unidad de cuidados especiales y destinó a los médicos recurrentes a otras áreas del recinto asistencial.

El fallo señala que respecto del reclamo de la falta de notificación de los actos administrativos, cabe hacer presente que tal argumento se unía, para la recurrente, con la omisión en la dictación de los actos administrativos correspondientes, sin embargo, como ya se plasmó, la destinación de los profesionales afectados se formalizó el día 30 de junio de 2022 con la dictación de las correspondientes Resoluciones Exentas.

La resolución agrega que, si bien no se acreditó debidamente por la parte recurrida la notificación de los actos administrativos respectivos, la misma sostuvo en estrados que dicha comunicación se había hecho por diversas vías formales e informales, al punto que todos los profesionales a favor de los que se interpone el presente recurso ya están prestando labores en la nueva Unidad, y además, preguntada la abogada recurrente, señaló desconocer si sus representados habían sido notificados de tales actos, información que si bien se enmarca en una hipótesis diversa a la planteada en el recurso, habría sido relevante de ser conocida, todo lo que lleva a concluir que la misma tampoco podrá prosperar.

Para la corte copiapina, las circunstancias dadas a conocer por la recurrente variaron el mismo día de la interposición del recurso, lo que se refleja en los motivos anteriores, y en este nuevo contexto, ha de convenirse que los reclamos efectuados en la presente acción constitucional, perdieron oportunidad, sin perjuicio del derecho de los profesionales a quienes se les ordenó la destinación según las Resoluciones Exentas N° 4968 y N° 4969, de 30 de junio de 2022, de ejercer los recursos que estimen del caso contra tales actos administrativos.

Por tanto, se resuelve que se rechaza, el recurso de protección interpuesto por abogada, interponiendo recurso de protección a favor de los profesionales funcionarios en contra del Hospital Regional de Copiapó, representado por su director.

 

Vea sentencia Rol Nº830-2022

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *