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Corte Suprema de Canadá.

Condenado por agresión bajo el efecto de estupefaciente es absuelto por falta de voluntariedad en sus actos.

El “automatismo” causado por la sobredosis de una droga provoca que el individuo pierda el control de sus actos y, por lo tanto, en tal circunstancia es posible inferir que no ha querido causar daño.

9 de septiembre de 2022

La Corte Suprema de Canadá desestimó el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público, confirmando así el fallo de instancia que absolvió a un hombre condenado por causar lesiones mientras estaba bajo los efectos de una droga.

El recurrente fue condenado por apuñalar a su madre tras ingerir un medicamento recetado. Este le causó una sobredosis que lo indujo a un estado de “automatismo”, es decir, perdió total control de sí mismo.

Si bien fue condenado en primera instancia, posteriormente fue absuelto por el tribunal ad quem. El recurrente señaló que el artículo 33.1 del Código Penal, que impide utilizar el automatismo como eximente de responsabilidad penal, es inconstitucional, por cuanto vulnera los derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad de la persona y la presunción de inocencia, consagrados en los artículos 7 y 11 de la Constitución, respectivamente.

El fallo fue apelado ante la Corte Suprema por el Ministerio Fiscal, que adujo “(…) que la psicosis fue auto inducida y, por lo tanto, no podía ser la base para una defensa sustentada en una supuesta falta de intención general o voluntariedad en un delito de agresión”.

En sus consideraciones de fondo, la Corte constata que el absuelto ingería bupropión para tratar su adicción al cigarro, y que el episodio psicótico se debió a un intento de suicidio mediante una sobredosis de este medicamento.

Observa que la voluntariedad es un elemento esencial para configurar un delito de agresión, y que, a pesar de haber constatado su ausencia, el tribunal de primera instancia dictó un fallo condenatorio que ha servido de base para sustentar las alegaciones del fiscal.

Utilizando el precedente del caso R. v. Brown, la Corte indica que “(…) la sección 33.1 del Código Penal viola las secciones 7 y 11 de la Constitución de una manera que no puede justificarse en una sociedad libre y democrática, y por ello es inconstitucional. En este caso, el condenado puede ser absuelto porque demostró que estaba intoxicado hasta el punto del automatismo y, además, el juez de primera instancia determinó que estaba actuando de manera involuntaria”.

 En definitiva, la Corte concluye que “(…) el absuelto estaba actuando involuntariamente cuando atacó a la víctima, por lo que el derecho consuetudinario obliga a una absolución en tal caso. El Tribunal de Apelación declaró que el artículo 33.1 queda sin fuerza ni efecto, y anula la sentencia condenatoria, y la sustituye por la absolutoria. El Tribunal tenía razón en que este precepto es inconstitucional dado que el absuelto estaba en un estado de automatismo a causa de una sobredosis de bupropión. Por ello, confirmamos la conclusión del Tribunal de Apelación”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte resolvió desestimar el recurso y confirmar el fallo absolutorio de segunda instancia. Además, declaró inconstitucional el artículo 33.1 del Código Penal.

 

Vea sentencia Corte Suprema de Canadá SCC 19.

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