Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
El reconocimiento de la relación laboral es un antecedente para ordenar el pago de las obligaciones previsionales no solucionadas durante el tiempo trabajado, resuelve la Corte Suprema.
Municipalidad de Coronel debe pagar las cotizaciones de la seguridad social no sufragadas, por estimarse un gravamen propio de la remuneración el cual debe ser solucionado una vez que la relación ha sido declarada como laboral.

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que desestimó un recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que hizo lugar a una demanda de declaración de relación laboral y despido injustificado.
Un funcionario de la Municipalidad de Coronel demandó el reconocimiento de la relación laboral, despido injustificado y nulidad de despido, desde que prestó servicios al municipio mediante sucesivos y continuos contratos a honorarios bajo subordinación y dependencia del demandado.
El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda declarando la existencia de la relación laboral y ordenó el pago de los recargos e indemnizaciones por despido injustificado, pero rechazó la nulidad del despido.
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