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Ley Federal de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados.

Texas no posee inmunidad soberana para contravenir ley federal que dispone el reintegro laboral de los militares que regresan de la guerra, resuelve la Corte Suprema de los Estados Unidos.

La opinión de Texas permitiría a los estados frustrar la preparación militar nacional. Si uno o más Estados decidieran negarse a emplear a los militares que regresan del servicio, el Congreso, según lo expresado por Texas, no tendría poder para autorizar demandas privadas de reintegro contra esos Estados, lo cual debilitaría la seguridad nacional.

20 de octubre de 2022

La Corte Suprema de Estados Unidos emitió un pronunciamiento contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Texas, que resolvió no acoger el reintegro de un veterano de guerra a su antiguo trabajo.

El militar es un policía texano que sirvió en la guerra de Irak. Tras ser afectado por gases provenientes de pozos de combustión, fue diagnosticado con bronquitis constrictiva. De vuelta en Estados Unidos solicitó ser reincorporado al cuerpo policial de Texas, sin embargo, su petición fue denegada pues se consideró que ya no era apto para el servicio.

A raíz de esta negativa demandó al Estado de Texas, para exigir por vía judicial su reintegro. Fundó su presentación en “(…) la Ley Federal de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados (USERRA, por sus siglas en inglés), que otorga a los militares que regresan del servicio el derecho a reclamar sus trabajos anteriores con empleadores estatales, y autoriza demandas si esos empleadores se niegan a adaptarse a las discapacidades relacionadas con el servicio de los veteranos”.

Llegado el caso a conocimiento de la Corte de Apelaciones Texana, esta lo desestimó. La judicatura consideró que las alegaciones basadas en la Ley USERRA eran improcedentes, por cuanto, de ser acogidas, ello implicaría una transgresión a la inmunidad soberana del Estado de Texas. El actor recurrió el fallo ante la Corte Suprema.

En su análisis de fondo, la Corte señala que “(…) al ratificar la Constitución, los Estados miembros acordaron ceder su soberanía al poder nacional para levantar y apoyar a las Fuerzas Armadas. El Congreso tiene el poder para autorizar demandas privadas por daños y perjuicios contra los Estados que no consientan la Ley USERRA. Si bien es posible que los tribunales generalmente no conozcan de juicios de particulares contra Estados que no consienten, estos siguen estando sujetos a juicio en determinadas circunstancias”.

Agrega que “(…) la afirmación categórica de que el Congreso no puede ejercer sus poderes para derogar la inmunidad soberana de los estados ignora el hecho de que la derogación del Congreso no es el único medio de someter a los Estados a juicio. El texto de USERRA tampoco es lo suficientemente claro como para desplazar la inmunidad potencial bajo la ley de Texas. Esta ley expresamente reemplaza cualquier norma estatal que reduzca, limite o elimine de cualquier manera cualquier derecho o beneficio previsto en ella, incluido el establecimiento de requisitos previos adicionales para el ejercicio de dicho derecho o la recepción de dicho beneficio”.

En el caso concreto, observa que “(…) Texas argumenta que el Congreso no puede someterlo a juicio bajo en virtud de USERRA porque no existen precedentes. Consideramos las inferencias que se derivan de nuestra estructura constitucional y preguntamos si los Estados pueden, de conformidad con esa estructura, reclamar inmunidad para frustrar los objetivos federales. Y nuevamente, respondiendo esa pregunta aquí, encontramos que los Estados renunciaron a su inmunidad bajo el artículo I de la Constitución”.

En definitiva, la Corte resuelve que “(…) la opinión de Texas permitiría a los estados frustrar la preparación militar nacional. Si uno o más Estados decidieran negarse a emplear a los militares que regresan del servicio, el Congreso, según lo expresado por Texas, no tendría poder para autorizar demandas privadas de reintegro contra esos Estados, lo cual debilitaría la seguridad nacional. Los textos, la historia y los precedentes muestran que los Estados acordaron sacrificar su inmunidad soberana por el bien de la defensa común”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte resolvió acoger la demanda y revocar el fallo impugnado.

 

Vea sentencia Corte Suprema de Estados Unidos No. 20–603.

 

 

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