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Estados Unidos.

Tribunal confirma condena a pena de cárcel de una “ecoactivista” que instaló un dispositivo para entorpecer el suministro ferroviario de hidrocarburos.

La recurrente no es una adolescente «cabeza de chorlito» que «apuntó un puntero láser a un avión que pasaba solo por diversión». Más bien, es una persona «muy inteligente» que investigó cuidadosamente una forma ilícita de interrumpir un tren en movimiento. Obtuvo conocimientos especializados sobre sistemas de señalización ferroviaria y trenes al estudiar múltiples informes y artículos en varios sitios web.

17 de diciembre de 2022

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito (Estados Unidos) desestimó el recurso de apelación deducido por una mujer que fue condenada por sabotear unas líneas ferroviarias, con el fin de entorpecer el suministro de hidrocarburos.

La condenada instaló un dispositivo con el fin de desviar los trenes que transportaban hidrocarburos mediante la intervención del sistema de señalización, a modo de protesta contra los combustibles fósiles. Sin embargo, la policía logró frustrar su plan a tiempo. Por este hecho fue detenida y juzgada por el delito de violencia contra los transportistas ferroviarios. El juez de distrito la condenó a 1 año de prisión.

En contra de este fallo dedujo apelación alegando desconocer los riesgos que entrañaba la instalación del dispositivo. Mediante una carta explicó que se enteró del dispositivo en sitios web de “ecoactivistas” que abogaban por impedir la cadena de suministro de combustibles fósiles. En dichos artículos e informes se brindaban instrucciones sobre cómo maniobrar un tren, pero no informaban sobre los peligros asociados al acto. Pensó que era un forma totalmente segura de protestar contra el cambio climático y solo se dio cuenta de su peligrosidad cuando se enfrentó a la evidencia en el juicio”.

En su análisis de fondo, la Corte observa que “(…) la recurrente planeó detener repentinamente un tren de carga a toda velocidad que transportaba millones de galones de petróleo crudo, cuando pasaba por un vecindario residencial. Podría tener razón en que el público no conoce la mecánica de las maniobras. Y es posible que la propia recurrente no haya entendido la ciencia exacta de la interacción del dispositivo con el sistema de señalización del tren, incluso después de estudiar las fuentes que le enseñaron cómo fabricarlo e instalarlo”.

Agrega que “(…) incluso así tenía que saber que si su plan tenía éxito, de repente habría pisado los frenos de un tren de carga en movimiento. En pocas palabras, una persona razonable sería inmediatamente consciente de los riesgos evidentes de esta conducta. Por lo tanto, el tribunal de distrito no se equivocó al determinar que la recurrente estaba subjetivamente consciente del riesgo que presentaba su conducta”.

Comprueba que “(…) la recurrente no es una adolescente «cabeza de chorlito» que «apuntó un puntero láser a un avión que pasaba solo por diversión». Más bien, ella es una persona «muy inteligente» que investigó cuidadosamente una forma ilícita de interrumpir un tren en movimiento. Obtuvo conocimientos especializados sobre sistemas de señalización ferroviaria y trenes al estudiar múltiples informes y artículos en varios sitios web”.

En definitiva, la Corte concluye que “(…) si la condenada hubiera llegado a comprender la gravedad de sus acciones, en algún momento del juicio podría haber dicho: “Lo entiendo. Entiendo.» En cambio, esperó hasta que el jurado emitiera el veredicto de culpabilidad antes de mostrar arrepentimiento. Por lo tanto, el tribunal de distrito no creyó que tuviera derecho a un ajuste a la baja por aceptación de responsabilidad. La judicatura no abusó de su discreción al tomar esta determinación.

Al tenor de lo expuesto, la Corte resolvió desestimar el recurso y confirmar el fallo condenatorio.

 

Vea sentencia Corte de Apelaciones del Noveno Circuito No.21-30275.

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