Recurso de protección rechazado.
Remoción del Administrador Municipal de la comuna de Nancagua se confirma por la Corte Suprema.
El funcionario acusó a seis miembros del concejo municipal de vulnerar la igualdad ante la ley y el debido proceso, al someter a votación la remoción como uno de los puntos fuera de la tabla ordinaria. La magistratura puntualizó que el recurrente fue nombrado como funcionario a contrata el día anterior al cese del cargo, por lo que ambas funciones son incompatibles y la acción debe ser desestimada.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Rancagua, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de seis concejales de la comuna de Nancagua, que en sesión ordinaria del día 22 de noviembre de 2022 acordaron la remoción del cargo de Administrador Municipal.
Este sostiene en su libelo que durante la sesión, luego de tratar los asuntos de la tabla ordinaria, los recurridos plantearon como uno de los “puntos varios”, someter a votación su remoción, en circunstancias que un asunto como éste es de aquellos cuya procedencia requiere de un quorum especial, y debió ser tratado dentro de la tabla ordinaria en un próximo concejo, tal como lo establece el artículo 25 del Reglamento del Concejo Municipal.
Refiere que el fundamento para la remoción es vago e impreciso, vulnerando con ello la igualdad ante la ley, el debido proceso, y el derecho de propiedad; por lo tanto, solicita a la Corte que deje sin efecto el acto impugnado.
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