Corte Suprema confirma sentencia con voto en contra.
Cuadernos con material informativo del acrónimo LGTBIQ+ entregados por JUNAEB, no afecta las garantías constitucionales
El contenido del texto denunciado es meramente narrativo, sin que se observe que, en sus definiciones, persiga agregar o adicionar alguna enseñanza o consideración sobre la moral sexual, ni tampoco que busque alterar o vulnerar la dimensión afectiva y sexual de los niños, niñas y adolescentes.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto por una apoderada en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), por incluir dentro del set de útiles escolares para alumnos adscritos a la gratuidad 2023, un cuaderno alusivo a “comunidades no sexistas que incluyen información sobre el acrónimo “LGBTQIA+”.
La recurrente expuso que, el actuar de JUNAEB afecta la educación moral o valórica sexual que su familia cristiana quiere y tiene el derecho de impartir a su hija, y que el Estado no tiene la facultad para entrometerse en esa formación.
Acto seguido señala el acto impugnado es ilegal, pues ni la Ley N° 15.720, ni las bases de licitación, como tampoco el contrato para la ejecución del proyecto para el año académico 2023, ni la normativa educacional sobre educación sexual, facultan a la Junaeb a entregar material referido a la educación sexual de menores de edad, todo lo cual contraviene el principio de supremacía constitucional y afecta el derecho y deber de los padres a educar a sus hijos.
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