Recurso de protección acogido por Corte de Valdivia.
Corresponde a INACAP, como entidad educativa, verificar que sus estudiantes cumplan los requisitos para ingresar a la educación superior.
Debió verificar que el alumno cumpliera con los requisitos para cursar estudios, y no consta la diligencia mínima de haber comprobado que el matriculado efectivamente haya obtenido el Certificado de Examen de Validación de Estudios o su licencia de enseñanza media. Sus acciones y omisiones generaron en el recurrente una legítima expectativa de estar en condiciones de obtener su título profesional, luego de cumplir los requisitos curriculares que la misma institución educacional le impuso.

La Corte de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por un estudiante en contra del Instituto Nacional de Capacitación INACAP, por la negativa a entregarle el título de técnico en mantenimiento industrial y de ingeniería mecánica en mantención industrial.
El recurrente expone que ingresó a la carrera el año 2011, y que por razones económicas y laborales cursó los semestres de manera discontinua, lo que explica su egresó el año 2023.
Añade que, al ser seleccionado para un empleo en el extranjero, solicitó copia de su título profesional, no obstante, su petición fue denegada indicándole que no se lo podían entregar puesto que en la plataforma del MINEDUC sólo constaba su certificado de 1º medio y 2º medio.
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