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Corresponde a INACAP, como entidad educativa, verificar que sus estudiantes cumplan los requisitos para ingresar a la educación superior.

Recurso de protección acogido por Corte de Valdivia.

Corresponde a INACAP, como entidad educativa, verificar que sus estudiantes cumplan los requisitos para ingresar a la educación superior.

Debió verificar que el alumno cumpliera con los requisitos para cursar estudios, y no consta la diligencia mínima de haber comprobado que el matriculado efectivamente haya obtenido el Certificado de Examen de Validación de Estudios o su licencia de enseñanza media. Sus acciones y omisiones generaron en el recurrente una legítima expectativa de estar en condiciones de obtener su título profesional, luego de cumplir los requisitos curriculares que la misma institución educacional le impuso.

23 de mayo de 2024

Universidades pueden condicionar la entrega de títulos de postgrado si los alumnos mantienen deudas arancelarias impagas.

Recurso de casación en el fondo acogido.

Crédito Solidario debe ser excluido de procedimiento de liquidación concursal al estar regido por una ley especial.

En atención al principio de especialidad, las normas generales en materia de insolvencia no se aplican al crédito solidario, ya que la Ley Nº19.287 otorga un trato más favorable para el deudor, disponiendo una serie de beneficios para facilitar el pago de la deuda de estudios superiores; por lo que dicho crédito no puede ser incluido en la liquidación concursal iniciada por la fallida.

02 de febrero de 2024

Corte de Santiago rechazó el recurso de protección deducido por la Universidad Católica en contra de la Contraloría que determinó que los alumnos del programa College del plantel están excluidos del beneficio de gratuidad para continuar estudios superiores.

La acción de protección no es la vía para declarar derechos subjetivos.

Corte de Santiago rechazó el recurso de protección deducido por la Universidad Católica en contra de la Contraloría que determinó que los alumnos del programa College del plantel están excluidos del beneficio de gratuidad para continuar estudios superiores.

El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario del organismo contralor al establecer que el programa corresponde a una licenciatura terminal por lo que los licenciados no puede acceder a los beneficios de la ley N° 20.901, en el evento que decidan cursar, a continuación, otra carrera.

12 de julio de 2021

CS confirmó sentencia que acogió recurso de protección interpuesto por funcionario de bomberos expulsado de la institución.

Ley N°20.027, por sobre la Ley N°20.720.

CS rechazó el recurso de casación en el fondo deducido contra de la sentencia que excluyó crédito estatal para financiar estudios superiores de procedimiento de liquidación concursal voluntario.

El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó la de primer grado que excluyó del procedimiento de liquidación voluntaria el crédito con garantía del Estado.

27 de mayo de 2021