Diario Constitucional

Desestimó recurso de queja, pero actúo de oficio.

Suspensión de causa civil acordada por las partes procede aun cuando la causa se encuentre en acuerdo, resuelve Corte Suprema.

El máximo Tribunal rechazó el recurso de queja, pero actuando de oficio dio lugar a la solicitud de suspensión del procedimiento por acuerdo alcanzado por las partes en una causa civil que fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

Por Redacción·13 de junio de 2024·4 min de lectura
Imagen: ui1.es
Referencial

La Corte Suprema rechazó recurso de queja, pero actuando de oficio dio lugar a la solicitud de suspensión del procedimiento por acuerdo alcanzado por las partes en una causa civil que fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique por encontrarse en estado de acuerdo.

En fallo de mayoría la Primera Sala del máximo Tribunal estableció yerro en la resolución dictada por los recurridos, al rechazar tanto la solicitud de suspensión del procedimiento de común acuerdo como la reposición.

El fallo señala que de la tramitación de la causa se advierte que por escrito de 31 de enero de 2024 todas las partes solicitaron la suspensión del procedimiento de común acuerdo, lo que pedían por un plazo de 30 días a partir del 30 de enero.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.