Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que obliga al demandado probar dentro del plazo de cinco días desde que tuvo conocimiento que no recibió las copias de la demanda, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho a defensa, desde que impone la carga probatoria al demandado, lo que resulta desproporcionado e injusto, en cuanto no sólo se requiere que el ejecutado pruebe un hecho negativo, sino que, además, se exige hacerlo dentro de un plazo breve.

Por Redacción·03 de julio de 2024·2 min de lectura
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Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 80.- Si al litigante rebelde no se le ha hecho saber en persona ninguna de las providencias libradas en el juicio, podrá pedir la rescisión de lo obrado, ofreciendo acreditar que, por un hecho que no le sea imputable, han dejado de llegar a sus manos las copias a que se refieren los artículos 40 y 44, o que ellas no son exactas en su parte substancial.

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