Estados Unidos.
Prohibición de baños exclusivos para transexuales se aprueba en una ciudad de Texas (EE.UU).
La enmienda establece que la restricción será aplicable en los baños ubicados en propiedades de la ciudad, tales como bibliotecas, parques, aeropuertos y otros edificios gubernamentales. Asimismo, la definición de "baño" dentro de la ordenanza abarca tanto los urinarios e inodoros como las duchas y vestuarios situados en dichas instalaciones públicas.

El Concejo Municipal de Odessa, Texas, aprobó, mediante una votación de 5 a 2, una enmienda a una ordenanza de 1989 que regula el uso de baños públicos en propiedades de la ciudad. La ordenanza original estipulaba que resultaba «ilegal que cualquier persona ingresara de manera consciente e intencional a un baño público designado exclusivamente para el uso del sexo opuesto».
La nueva enmienda amplía esta disposición para prohibir el uso de baños en instalaciones municipales por parte de personas transgénero, cuando su sexo no corresponda con el asignado al nacer.
La reforma especifica que las personas que no cumplan con esta restricción pueden enfrentar sanciones legales, que incluyen cargos por intrusión y multas económicas. Además, las personas afectadas podrán ser responsables por daños y perjuicios, así como por los costos judiciales y los honorarios de representación legal derivados del proceso.
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