Diario Constitucional

Permaneció bajo medidas de inmovilización física.

Italia debe indemnizar a hombre que sufrió un trato inhumano y degradante durante su permanencia en un hospital psiquiátrico, resuelve el TEDH.

La obligación de llevar a cabo una investigación efectiva sobre alegaciones de tratamiento que infringen el artículo 3 a manos de agentes del Estado está bien establecida en la jurisprudencia de este Tribunal. En este caso, transcurrieron tres años y cuatro meses desde la denuncia penal hasta la solicitud de sobreseimiento; y no había evidencia de que se hubieran tomado declaraciones de testigos ni realizado otras diligencias investigativas.

Por Redacción·12 de noviembre de 2024·3 min de lectura
imagen: theconversation
Referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda interpuesta contra Italia por el trato discriminatorio y los apremios ilegítimos infligidos a un hombre durante su permanencia en un hospital psiquiátrico, cuyas denuncias no fueron debidamente investigadas por las autoridades. Constató una violación al artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Un ciudadano italiano fue sometido a tratamiento psiquiátrico obligatorio en el hospital, debido a su estado de agitación, agresividad y diagnóstico de trastorno psicótico no especificado. Una semana después, tras varios incidentes violentos con familiares y un médico, dos psiquiatras emitieron una notificación de peligro social solicitando medidas urgentes. El hombre fue sedado y transferido a otro hospital, donde permaneció bajo medidas de inmovilización física durante casi ocho días.

En 2015, presentó una denuncia penal contra los médicos del hospital, alegando maltrato y coerción ilegal debido al uso prolongado de contenciones físicas, que se mostraron desproporcionadas e inadecuadas. La fiscalía investigó el caso y concluyó que el tratamiento había seguido los protocolos médicos aplicables. En 2020, el juez de instrucción del Tribunal de Milán archivó la causa, al determinar que no hubo error terapéutico ni negligencia por parte del personal médico involucrado. Por este motivo, demandó al Estado ante el TEDH.

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