Ley N° 19.496.
Corte de Santiago condena a tienda a pagar multa de 100 UTM por infracción a Ley de Protección al Consumidor, al negar atención a diputada Camila Flores en razón de su orientación política.
Los hechos ocurren en diciembre de 2019, cuando las movilizaciones sociales y la alteración del orden público estaban en su punto álgido, lo que contribuyó a un ambiente de polarización política. En este escenario, la diputada fue objeto de una negativa de atención por parte de los empleados del comercio denunciado.

La Corte de Santiago revocó la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local de Vitacura, que rechazó la querella infraccional y la demanda civil interpuesta por una parlamentaria.
La denunciante, Camila Flores, diputada de Renovación Nacional, relató que en una tienda del complejo Casa Costanera, en Vitacura, se le negó el pago de los productos seleccionados debido a su orientación política, según le expresaron los cajeros. Tras esperar su turno, fue ignorada en dos ocasiones por el personal, quienes atendieron a otros clientes fuera del orden establecido. Indicó que cuando su acompañante intentó dialogar con los cajeros, la situación se tensó, lo que conllevó a la intervención de una encargada del local, quien ordenó su expulsión, siendo escoltada por guardias de seguridad mientras otros empleados vitoreaban.
Respaldó su relato con videos de seguridad y contenido publicado en redes sociales, donde una empleada reconoció haber negado la atención por motivos políticos, con el respaldo de su jefatura, afirmando que «estaban en su derecho» por considerar a la denunciante «facha».
Temas
Te puede interesar

Recurrida debe evacuar informe y acompañar todos los antecedentes.
Taxista recurre de protección en contra de la Asociación Gremial de Taxis Frecuentes Aeropuerto de Santiago por sanción de suspensión de sus labores.

Aplicó perspectiva de género.
Condena de hombre que maltrató y violó a su cónyuge en forma reiterada, se confirma por la Corte Suprema de Colombia. La mujer justificó los abusos en virtud de sus creencias religiosas.

España.
Empleador debe indemnizar a trabajadora por su negativa a fraccionar sus vacaciones en los términos solicitados para atender una urgencia personal.

