Diario Constitucional

Invalidación de oficio.

Fallo que no cumple con la debida ponderación de la prueba incurre en vicio de nulidad formal, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que los jueces prescindieron de la cabal ponderación de la prueba, que solo puede ser observada mediante una valoración racional, pormenorizada e íntegra de los medios probatorios allegados a la causa y rechazaron la demanda de acción reivindicatoria.

Por Redacción·09 de diciembre de 2024·4 min de lectura
garciaalonso.com.ar
Referencial

Al conocer de sendos recursos de casación en la forma y en fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que confirmó el fallo de base que acogió la demanda.

La causa versa sobre una acción reivindicatoria para recuperar la posesión de un inmueble, respecto del cual el actor alega que la demandada lo ocupa de manera ilegal tras alterar los deslindes. La demandada, en su defensa, argumentó ser la legítima propietaria del terreno, adquirido y registrado a su nombre, y que el predio del actor no está debidamente singularizado, lo que impide la procedencia de la acción.

El tribunal de primera instancia acogió la demanda, concluyendo que ambos predios son distintos pero colindantes, y que la demandada está ocupando el terreno del actor, debiendo restituir la propiedad dentro de tercero día. También condenó a la demandada a restituir los frutos naturales y civiles. Además, rechazó la demanda reconvencional de prescripción adquisitiva deducida.

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