Diario Constitucional

Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo y anula sentencia.

La actora delimitó en su demanda el período que se dedicó de forma exclusiva al cuidado de los hijos y del hogar común, lo que debe ser considerado prueba confesional, atento lo dispuesto en el artículo 1713 del Código Civil.

La judicatura tiene la obligación de señalar todos los medios probatorios y examinarlos, tanto aquellos en los que apoya su convicción como de los que descarta, e indicar los motivos o argumentos que, a través del análisis de determinadas probanzas, le permite dar por acreditados los hechos a probar.

Por Redacción·07 de junio de 2024·3 min de lectura
La actora delimitó en su demanda el período que se dedicó de forma exclusiva al cuidado de los hijos y del hogar común, lo que debe ser considerado prueba confesional, atento lo dispuesto en el artículo 1713 del Código Civil.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, y confirmó con declaración el fallo de base dictado por el Juzgado de Letras y Garantía de Litueche que acogió la demanda de divorcio y compensación económica ordenando el pago de $13.256.250.-, en cien cuotas mensuales de $132.562.-.

Ambas partes apelaron y una sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, confirmó la sentencia con declaración de aumentar el monto de la compensación económica a la suma de $25.460.000.-, en veinticuatro cuotas de $1.060.083.-

En contra de lo resuelto por el Tribunal de Alzada el demandado dedujo recurso de casación en el fondo, solicitando se la invalide en la parte pertinente, y se dicte una de reemplazo que confirme la sentencia de primera instancia.

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