Diario Constitucional

Corte Suprema confirma fallo

Impedir la renovación de licencia de conducir por falta de idoneidad moral se ajusta a derecho, si no se ha solicitado previamente la eliminación de los antecedentes de la Hoja de Vida del Conductor.

Se procedió a la eliminación de las anotaciones prontuariales del recurrente en virtud de lo previsto en el artículo 8, letra g), del Decreto Supremo N° 64 de 1960, del Ministerio de Justicia, y que, para la eliminación de los antecedentes en la Hoja de Vida del Conductor, el actor previamente debe formular tal petición en cualquiera de las oficinas del organismo recurrido. Que, en tal caso, para que su requerimiento sea sometido a tramitación, debe manifestarlo y pagar los derechos conforme a lo previsto en los incisos 2 y 3 del artículo 217 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2009, del Mi

Por Redacción·20 de febrero de 2025·3 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y de la Municipalidad De Villa Alemana, por impedir al actor renovar su licencia de conducir por “falta de idoneidad moral”.

El recurrente sostuvo que la negativa se debe a una supuesta «falta de idoneidad moral», derivada de una anotación en su hoja de vida de conductor que debió haber sido eliminada en enero de 2023. Afirmó que dicha anotación, relacionada con un hecho ocurrido en 2019, afecta su derecho al trabajo, su honor y reputación, ya que la licencia es esencial para su empleo actual y futuras oportunidades laborales.

Solicitó la eliminación inmediata de la anotación y la emisión de un certificado actualizado sin dicha referencia, argumentando que la negativa a eliminarla es ilegal y arbitraria, contraviniendo la legislación que promueve la reinserción social y laboral.

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