Nulidad laboral acogida
Fallo que consideró pagadas prestaciones contenidas en finiquito no firmado, infringe el principio de razón suficiente.
El efecto extintivo asignado al documento sin la firma de ambas partes carece de sustento.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda de despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones, en régimen de subcontratación.
En contra de este fallo, la recurrente dedujo recurso de nulidad invocando la causal prevista en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, por considerar que el tribunal incurrió en una infracción al principio de razón suficiente y a las máximas de la experiencia al valorar la prueba.
La recurrente argumentó que se otorgó el mayor valor probatorio a las declaraciones de los testigos y a la carpeta investigativa penal, mientras que se desestimaron otros elementos de la prueba, lo que condujo a una valoración arbitraria. Además, acusó que se consideró prueba nueva un documento irrelevante para determinar la gravedad de los hechos, y que no se tomó en cuenta un error de redacción en la carta de despido, lo cual altera su sentido.
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