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Corte de Copiapó resuelve que pago de indemnización especial por término de contrato por obra o faena impide demandar por despido injustificado

Indemnización por término de obra

Corte de Copiapó resuelve que pago de indemnización especial por término de contrato por obra o faena impide demandar por despido injustificado

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de nulidad presentado por un trabajador contra la sentencia que desestimó su demanda por despido injustificado y otras prestaciones laborales. El tribunal concluyó que el artículo 163, inciso tercero, del Código del Trabajo establece que el…

26 de octubre de 2026

Imagen: ChatGPT/Elke

Cosa juzgada laboral

Suprema anula condena laboral en sede de un recurso de revisión por existir acuerdo previo

El máximo tribunal concluyó que las materias discutidas ya habían sido resueltas mediante un avenimiento judicial por $8 millones, por lo que dejó sin efecto la sentencia que condenó a la empresa y anuló el procedimiento de cobranza posterior. Voto en contra; no existían dos decisiones contradictorias sobre una misma materia y que no se cumplían los requisitos para acoger el recurso de revisión.

13 de julio de 2026

depositphotos.com

Rechazo de nulidad laboral

Notificación por avisos no vulnera derecho a defensa si se cumplieron requisitos y no se acreditó indefensión.

El recurrente no justificó que su ausencia del país fuera prolongada, ni que la notificación por avisos le hubiese provocado materialmente la indefensión que alega, teniendo además en consideración que, en la especie se cumplieron todos y cada uno de los requisitos para proceder a la notificación de la demanda conforme al artículo 439 del Estatuto Laboral.

13 de marzo de 2025

elperuano.pe

Corte acoge nulidad laboral

Aunque los contratos hayan sido inicialmente a plazo, la relación laboral es indefinida si los hechos así lo demuestran, en virtud del principio de primacía de la realidad.

Atendida la continuidad de los servicios que se ha tenido por establecida, los instrumentos aportados denominados ‘finiquitos’ no fueron más que aparentes y no pueden tener valor liberatorio, por cuanto no dan cuenta de una real intención de poner término a la relación laboral, sino tan solo de dejar constancia del pago de determinadas prestaciones, imponiendo en los hechos, una renuncia del trabajador de derechos de los que no puede abdicar al encontrarse vigente el vínculo subordinado y dependiente que le liga al empleador, desarrollando similares funciones.

13 de febrero de 2025

fuente: los40chile.cl

Exequátur rechazado.

Laudo arbitral que reconoce deuda del Club de Deportes O’Higgins con representante de un futbolista vulnera el orden público chileno.

El TAS condenó al club de la ciudad de Rancagua a pagar más de medio millón de dólares al representante del futbolista Gastón Lezcano, debido a que el empresario era dueño de la mitad del pase del jugador cuando fue vendido en 2017 a un club mexicano, y no recibió su porcentaje de dicha transferencia. No obstante, el fallo arbitral no puede ser cumplido en Chile porque se infringiría el efecto de cosa juzgada que emana del contrato de transacción celebrado entre ambas partes en 2016, cuando acordaron amplio finiquito y no adeudarse obligaciones, por lo que el laudo infringe lo dispuesto en el

24 de enero de 2024

No procede demandar a una empresa con la cual los trabajadores firmaron finiquito y la empresa se subrogó en sus derechos, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

No procede demandar a una empresa con la cual los trabajadores firmaron finiquito y la empresa se subrogó en sus derechos, resuelve la Corte Suprema.

La empresa pactó el finiquito con subrogación con los demandantes, los cuales cedieron a la demandada sus derechos para accionar respecto de las deudas previsionales de su anterior empleador, por lo tanto, los trabajadores no pueden demandar a la recurrente por ser acreedora -al igual que ellos- de las deudas previsionales cuya titularidad cedieron para un futuro cobro por parte de la empresa subrogante.

10 de enero de 2024

Si el finiquito no contiene mención expresa a la acción de indemnización de perjuicios por un determinado accidente laboral, solo exime al empleador de su responsabilidad en las prestaciones laborales emanadas directamente de la prestación de servicios.

Recurso de nulidad rechazado.

Si el finiquito no contiene mención expresa a la acción de indemnización de perjuicios por un determinado accidente laboral, solo exime al empleador de su responsabilidad en las prestaciones laborales emanadas directamente de la prestación de servicios.

El poder liberatorio se restringe a todo aquello en que las partes han concordado expresamente y no se extiende a los aspectos en que el consentimiento no se formó, sea porque una de las partes formula la reserva correspondiente, sea porque se trate de derechos u obligaciones no especificados por los comparecientes, sea por cualesquiera otras razones que el entendimiento humano pudiera abarcar.

29 de junio de 2023

No procede demandar a una empresa con la cual los trabajadores firmaron finiquito y la empresa se subrogó en sus derechos, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

El finiquito pierde su poder liberador si se celebra a continuación un nuevo contrato de trabajo entre las partes, resuelve la Corte Suprema.

El trabajador durante los años 2017 a 2020 celebró sucesivos contratos de trabajo por obra o faena con sus respectivos finiquitos, los cuales carecen de fuerza probatoria al no ser más que una mera renuncia de derechos mientras existía una nueva relación laboral entre las partes. El máximo Tribunal determinó que en atención al principio de primacía de la realidad, existió un único contrato de trabajo indefinido.

15 de enero de 2023

Imagen: revistatecnicosmineros

Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.

En el finiquito el empleador pagó un monto al trabajador a título de indemnización por enfermedad profesional, por lo que esa suma debe descontarse del monto de la indemnización a que se condena a título de daño moral.

Un grupo de ex trabajadores de Codelco demandó solicitando indemnización por daño moral, al retirarse de la empresa luego de contraer silicosis, no obstante, cuestionaron que al acoger su demanda, el tribunal permitiera el descuento de lo pagado en el finiquito, hecho que fue confirmado por el máximo Tribunal.

30 de noviembre de 2022

Finiquito no tiene poder liberador si las partes continúan relacionadas mediante contratos posteriores al término de la relación laboral, resuelve la Corte Suprema.

Principio de primacía de la realidad.

Finiquito no tiene poder liberador si las partes continúan relacionadas mediante contratos posteriores al término de la relación laboral, resuelve la Corte Suprema.

Los contratos de trabajo celebrados al día siguiente del finiquito dan cuenta de la intención de ambas partes de seguir vinculadas, hecho que no puede ser desconocido por la empleadora al momento de la desvinculación para reducir la base de cálculo de la indemnización por años de servicio.

22 de noviembre de 2022

Aceptado en el finiquito una compensación económica para indemnizar una enfermedad profesional, no puede luego demandarse una nueva indemnización aduciendo el aumento del grado de incapacidad.

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Aceptado en el finiquito una compensación económica para indemnizar una enfermedad profesional, no puede luego demandarse una nueva indemnización aduciendo el aumento del grado de incapacidad.

El trabajador tenía conocimiento del porcentaje de pérdida de capacidad de ganancia que padecía al momento de consentir el finiquito y aceptó el acuerdo económico alcanzado con la empresa, renunciando a interponer acciones relacionadas con esta materia.

07 de octubre de 2022

Finiquito no tiene poder liberador si las partes continúan relacionadas mediante contratos posteriores al término de la relación laboral, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

No procede la indemnización de perjuicios por enfermedad profesional si la relación laboral cesó años después de contraer la enfermedad, fue trasladado de funciones por el empleador y se le pagó la indemnización por años de servicio a pesar de su renuncia.

En la especie, renunció voluntariamente el trabajador, recibió el pago de la indemnización por años de servicio y feriado legal, renunció a la acción indemnizatoria por los perjuicios de salud que invoca.

29 de septiembre de 2022