Nulidad laboral.
Se justifica despido de trabajadora que incumplió obligaciones de custodia y de comunicar sustracción de dinero.
No efectuó oportunamente los depósitos correspondientes a ventas por $789.840.-, y tampoco comunicó inmediatamente a la empresa la sustracción del dinero cuya custodia estaba bajo su responsabilidad.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda de tutela laboral y acogió la demanda por despido injustificado.
Contra dicho fallo, la demandada dedujo recurso de nulidad fundado en la causal prevista en el artículo 478, letra e) del Código del Trabajo, en relación con la omisión de los requisitos establecidos en el artículo 459 N° 4 del mismo cuerpo legal, al considerar que la sentencia incurre en una errónea valoración de la prueba por no considerar antecedentes relevantes para justificar el despido.
En particular, sostuvo que el fallo omitió el análisis un documento, el cual fue ofrecido como prueba documental, se encuentra debidamente incorporado al expediente, y consta suscrito por la actora en su calidad de gerente junior. Dicho documento, según la recurrente, establece expresamente la responsabilidad de la trabajadora en el manejo y depósito de las ventas diarias, lo que demuestra que tenía control exclusivo sobre los valores sustraídos.
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