Diario Constitucional

Ley N°21.530

Descanso reparatorio para trabajadores de salud privada: DT aclara plazo de tres años, efectos de feriados y licencias médicas

La Dirección del Trabajo precisó que los trabajadores tienen un plazo de tres años desde la publicación de la Ley N°21.530 para hacer uso del descanso reparatorio, el cual no se suspende por feriados ni licencias médicas, y que los empleadores que incumplan la normativa pueden ser sancionados administrativamente.

Por Redacción·19 de octubre de 2025·1 min de lectura
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Referencial

La Dirección del Trabajo emitió el Dictamen N° 701/34, mediante el cual se pronunció sobre diversos aspectos de la aplicación de la Ley N°21.530 que otorga un descanso reparatorio a trabajadores de establecimientos de salud privados, farmacias y almacenes farmacéuticos. El dictamen responde a una consulta formulada sobre el plazo para hacer uso del beneficio y sus efectos.

El pronunciamiento aborda cuatro puntos principales:

  • Exigibilidad del beneficio:
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