Requerimiento de inaplicabilidad
Tribunal Constitucional no admite a trámite inaplicabilidad contra norma de ley de penas sustitutivas
Se impugnó el artículo 8, letra a), de la Ley Nº18.216 sobre penas sustitutivas. No se admitió a trámite por no existir gestión judicial pendiente. Corte de Temuco ya había confirmado la sentencia de primera instancia. Requirente alegaba discriminación arbitraria al no poder acceder a cumplimiento alternativo de la pena, lo que vulneraba la igualdad ante la ley y proporcionalidad de las penas

La Segunda Sala de la Magistratura Constitucional declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 8, letra a), de la Ley Nº18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.
El citado artículo 8, letra a), establece:
“Artículo 8. La reclusión parcial podrá disponerse:
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