Impugnación académica inadmisible
Tribunal Constitucional declara derechamente inadmisible requerimiento de inaplicabilidad de académica contra su remoción de la Universidad de Chile
La requirente alegó que la aplicación de las normas que regulan la calificación académica y la declaración de vacancia de cargos en la Universidad de Chile contravienen la igualdad ante la ley, vulneran el principio de legalidad de las sanciones, conllevan a una discriminación arbitraria y la imposición de una sanción desproporcionada.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró derechamente inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la expresión «calificación académica» contenida en el inciso cuarto del artículo 60 del DFL N° 3, de 2006 de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de DFL N° 153, de 1981, que establece los Estatutos de la Universidad de Chile; y del artículo 50, en las expresiones «deberá retirarse del servicio«, y «se le declarará vacante el empleo«, de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Las disposiciones legales que fueron impugnadas establecen:
“Artículo 60.- La carrera académica estará basada en criterios objetivos de mérito.
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