Diario Constitucional

Reclamación acogida

Corte de Santiago anula expulsión de ciudadano dominicano por aplicación de norma reglamentaria sin sustento legal

El tribunal dejó sin efecto la orden de expulsión al estimar que se dictó con base en una norma reglamentaria que excedía lo dispuesto en la ley vigente, infringiendo el principio de legalidad y vulnerando derechos constitucionales del afectado.

Por Redacción·10 de noviembre de 2025·2 min de lectura
berracos.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la reclamación judicial interpuesta por un ciudadano dominicano en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del territorio nacional.

El reclamante argumentó que la decisión es ilegal y desproporcionada porque no consideró adecuadamente sus circunstancias personales. Expuso que ingresó a Chile por paso no habilitado en 2018 buscando mejores condiciones de vida, pero desde entonces ha mantenido vínculos familiares y laborales estables en el país: convive con una ciudadana dominicana con residencia definitiva, mantiene contrato de trabajo vigente y carece de antecedentes penales.

El Servicio Nacional de Migraciones sostuvo que la expulsión fue dictada por autoridad competente con apego a la ley migratoria vigente en 2019 y con fundamentos suficientes, basándose en el ingreso clandestino al país acreditado por un parte policial.

La Corte de Santiago acogió la reclamación. La decisión se fundamentó en que la resolución de expulsión se basó en una norma reglamentaria que excedía lo establecido en la ley vigente a la época, vulnerando el principio de legalidad.

En su resolución, la Corte señaló que, “(…) esta Corte no desconoce las loables intenciones que pudieron subyacer en la regla del artículo 146 del mencionado Decreto Supremo -evitar el proceso penal y la eventual imposición de una pena de esa naturaleza-, pero lo cierto es que la sujeción irrestricta a la Constitución y a la ley impide amparar el proceder del Intendente Regional y, en último término, avalar o respaldar una expulsión del territorio nacional dispuesta, quiérase o no, en un caso que la ley no ha contemplado”.

El tribunal agregó que la ley vigente en 2019 sólo permitía la expulsión una vez cumplida una condena penal por ingreso clandestino, lo que no ocurrió en este caso. Asimismo, advirtió que una norma reglamentaria no puede crear nuevas causales de afectación de derechos fundamentales no previstas en la ley.

En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad y dejó sin efecto la resolución de expulsión, por vulnerar los artículos 6°, 7° y 19 N° 2, 7 letra a) y 26 de la Constitución.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 644-2025 (Contencioso Administrativo).

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