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Registro marcario

Suprema confirma rechazo de marca “BUILT FOR THE WILD”

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la solicitante en contra de la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que confirmó la negativa del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) a registrar la marca denominativa “BUILT FOR THE WILD”,…

Por Redacción·13 de agosto de 2026·4 min de lectura
Suprema confirma rechazo de marca “BUILT FOR THE WILD”
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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la solicitante en contra de la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que confirmó la negativa del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) a registrar la marca denominativa “BUILT FOR THE WILD”, destinada a distinguir diversos productos de la clase 21, al concluir que la impugnación buscaba, en definitiva, obtener una nueva valoración de los antecedentes ya ponderados por los jueces de instancia.

El procedimiento se inició a raíz de la solicitud de la marca “BUILT FOR THE WILD” destinada a distinguir productos artículos comprendidos en la clase 21.

La solicitud fue objeto de una observación de fondo por parte del INAPI, fundada en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 20 letra h), inciso primero, de la Ley N°19.039, debido a la existencia previa del registro correspondiente a la marca “BUILT”, también destinada a distinguir productos de la clase 21.

El organismo consideró que las coberturas de ambos signos eran en parte idénticas y en parte relacionadas, compartían destinatarios finales y coincidían en su naturaleza, función o finalidad, además de utilizar canales de comercialización similares. Asimismo, concluyó que las marcas presentaban una configuración fácilmente confundible desde los puntos de vista gráfico y fonético, sin advertir en el signo solicitado elementos suficientes que le permitieran distinguirse con independencia y fisonomía propia.

La solicitante respondió que entre las marcas existían diferencias gráficas y fonéticas relevantes. Si bien reconoció que ambas compartían la expresión “BUILT”, sostuvo que esa circunstancia no era suficiente para considerarlas semejantes y que la incorporación de las palabras “FOR THE WILD” otorgaba al signo solicitado la distintividad necesaria.

En contra de lo resuelto por el INAPI la empresa apeló y el Tribunal de Propiedad Industrial confirmó la decisión, al estimar que la marca previamente registrada “BUILT” se encontraba completamente contenida en “BUILT FOR THE WILD” y que la incorporación del segmento adicional no generaba una diferenciación efectiva entre ambos signos, lo que podía provocar confusión en el público respecto del origen empresarial o de las cualidades de los productos.

Frente a esa decisión, la solicitante interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, solicitando invalidar la sentencia y dictar una de reemplazo que permitiera registrar la marca “BUILT FOR THE WILD” para los productos de la clase 21 comprendidos en su solicitud.

La recurrente denunció infracción de los artículos 16 y 20 letra h), inciso primero, de la Ley N°19.039. Alegó que la sentencia no explicó suficientemente por qué la expresión “FOR THE WILD” no otorgaba distintividad a la marca solicitada, pese a que “BUILT” coexistía con “BUILDLOVE” en la misma clase.

Asimismo, sostuvo que se aplicó erróneamente la causal de irregistrabilidad, pues los jueces habrían considerado criterios abstractos y no la realidad del mercado, donde, a su juicio, existían diferencias relevantes entre los signos y los productos no competían entre sí.

La Corte Suprema recordó que la casación en el fondo es un recurso extraordinario y de derecho estricto, por lo que debe existir coherencia entre las infracciones legales denunciadas y los argumentos utilizados para sustentarlas, sin que pueda emplearse para obtener una nueva revisión propia de otros medios de impugnación.

El máximo tribunal observó que ambos capítulos del recurso buscaban, en definitiva, cuestionar la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal de Propiedad Industrial.

Asimismo, precisó que el deber de fundamentación no depende de la extensión del fallo, sino de que contenga razones jurídicas suficientes para comprender la decisión adoptada, por lo que un razonamiento breve puede satisfacer ese estándar.

La Corte Suprema concluyó que el Tribunal de Propiedad Industrial fundamentó suficientemente el rechazo del registro de la marca “BUILT FOR THE WILD”. Destacó que el signo “BUILT” se encontraba íntegramente contenido en la marca solicitada y que ambas distinguían productos relacionados de la clase 21, compartiendo consumidores, lugares de comercialización y canales de distribución.

También estimó que la expresión “FOR THE WILD” no otorgaba suficiente distintividad ni evitaba el riesgo de confusión que busca impedir el artículo 20 letra h), inciso primero, de la Ley N°19.039. Asimismo, descartó que la coexistencia de “BUILT” con “BUILDLOVE” permitiera llegar a una conclusión distinta, debido a las diferencias gráficas y fonéticas entre esta última y el signo solicitado.

Finalmente, la Corte consideró que el recurso buscaba una nueva valoración de los hechos y antecedentes ya establecidos por los tribunales de instancia, finalidad que excede los límites de la casación en el fondo. Por ello, rechazó el recurso interpuesto y mantuvo firme la negativa de registro de “BUILT FOR THE WILD”.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°67.466-2022.

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