Diario Constitucional

Responsabilidad civil de clínica

Corte Suprema confirma indemnización a mujer que sufrió fracturas tras caer en pasillo de Clínica Alemana

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Clínica Alemana de Santiago en contra de la sentencia que la condenó a pagar una indemnización de $7 millones por daño moral a una mujer que resultó lesionada al caer en uno de los pasillos del centro asistencial…

Por Redacción·13 de septiembre de 2026·2 min de lectura
Corte Suprema confirma indemnización a mujer que sufrió fracturas tras caer en pasillo de Clínica Alemana
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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Clínica Alemana de Santiago en contra de la sentencia que la condenó a pagar una indemnización de $7 millones por daño moral a una mujer que resultó lesionada al caer en uno de los pasillos del centro asistencial mientras acompañaba a su madre a realizarse un examen de scanner.

El accidente ocurrió en el pasillo del nivel -2 de la clínica, que conduce al área de scanner. Según quedó establecido en el proceso, la demandante tropezó con una manilla de fierro que sobresalía levemente de la tapa de una cámara ubicada en el suelo, cuya existencia no estaba advertida mediante señalización.

Como consecuencia de la caída, la mujer sufrió fracturas de costillas y debió permanecer hospitalizada durante algunos días. Esta situación le impidió acompañar a su madre, quien también se encontraba internada, antes de que esta entrara en estado de sopor, privándola de la posibilidad de despedirse de ella.

En fallo unánime, el máximo tribunal descartó el recurso presentado por la clínica por manifiesta falta de fundamento. La Corte sostuvo que la impugnación fue construida sobre hechos distintos de aquellos establecidos por los jueces que conocieron previamente de la causa.

El máximo tribunal explicó que los hechos fijados por la sentencia resultaban inamovibles en sede de casación, debido a que la recurrente no denunció infracción a las leyes reguladoras de la prueba por una vía que permitiera modificarlos.

La Corte añadió que los artículos 383 y 384 del Código de Procedimiento Civil entregan a los jueces de instancia una facultad propia para comparar y valorar la prueba rendida, actividad que corresponde a un proceso racional del tribunal y que no se encuentra sometida al control del recurso de casación en el fondo.

En el mismo sentido, señaló que la aplicación del artículo 1712 del Código Civil, relativo a las presunciones, corresponde a una cuestión de hecho entregada a la apreciación de los jueces del fondo, por lo que tampoco puede ser revisada mediante este recurso extraordinario.

La sentencia agregó que la clínica tampoco extendió adecuadamente la denuncia de infracción legal a normas decisorias de la controversia, entre ellas los artículos 1437, 2284 y 2329 del Código Civil. La Corte precisó que la simple mención de estas disposiciones al fundamentar el recurso no resulta suficiente para satisfacer esa exigencia.

Por estas razones, el máximo tribunal concluyó que las normas invocadas por la recurrente no permitían acoger la casación y rechazó el recurso por manifiesta falta de fundamento.

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº39.536-2026, Corte de Santiago Rol Nº8640-2023 (Civil) y 29º Juzgado Civil de Santiago Rol NºC-2175-2022.

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