Diario Constitucional

Apercibimientos de multa y arresto

Apercibir con arresto a tercero ajeno a juicio de familia para obligarlo a entregar una motocicleta amenaza ilegalmente su libertad personal

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de amparo interpuesto por un hombre que, pese a no ser parte de un procedimiento de protección seguido ante el Juzgado de Familia de esa ciudad, fue apercibido con multa o arresto de hasta dos meses si no entregaba una motocicleta. La Corte…

Por Redacción·07 de octubre de 2026·3 min de lectura
Apercibir con arresto a tercero ajeno a juicio de familia para obligarlo a entregar una motocicleta amenaza ilegalmente su libertad personal
Referencial

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de amparo interpuesto por un hombre que, pese a no ser parte de un procedimiento de protección seguido ante el Juzgado de Familia de esa ciudad, fue apercibido con multa o arresto de hasta dos meses si no entregaba una motocicleta. La Corte estimó que estas medidas afectaban ilegalmente su libertad personal, por cuanto pretendían obligarlo a cumplir una sentencia dictada en un proceso en el que nunca fue parte ni emplazado y que, además, se encontraba recurrida.

La controversia se originó en una causa de protección iniciada por la abuela materna de un niño de 10 años, debido al supuesto consumo problemático de drogas de la madre. Aunque el Juzgado de Familia rechazó el requerimiento y no decretó medidas de protección, ordenó entregar al niño una motocicleta motocross que estaba en poder de la pareja de la abuela. Posteriormente, el hombre fue apercibido para efectuar la entrega bajo amenaza de multa de hasta 1 UTM o arresto por un máximo de dos meses. La abuela solicitó dejar sin efecto el apercibimiento, pero el tribunal rechazó la petición, reiteró la orden y fijó un plazo de 24 horas para entregar la motocicleta.

El afectado interpuso un recurso de amparo, alegando que era un tercero ajeno al procedimiento y que se pretendía obligarlo a entregar una motocicleta que tampoco sería de su propiedad. Añadió que la sentencia aún se encontraba recurrida y sostuvo que los apercibimientos vulneraban el efecto relativo de las sentencias y amenazaban su libertad personal, al contemplar incluso un arresto de hasta dos meses sin existir, a su juicio, una obligación jurídicamente exigible ni un debido proceso. Por ello, solicitó dejar sin efecto las resoluciones cuestionadas.

Las juezas informaron que el apercibimiento se dictó después de verificar la orden de entrega y su notificación. Explicaron que la entrega de la motocicleta se dispuso considerando la voluntad del niño y que la abuela reconoció que el vehículo estaba en poder de su pareja y que ambos se lo habían regalado. Añadieron que los recursos pendientes no suspendían el cumplimiento de la sentencia y que los apercibimientos no habían sido impugnados oportunamente, por lo que descartaron los vicios denunciados.

Al resolver el conflicto, la Corte de Copiapó recordó que el recurso de amparo es una acción excepcional destinada a proteger la libertad personal y la seguridad individual cuando estas se encuentran amenazadas con infracción de la Constitución o de las leyes. Su finalidad es permitir que los tribunales adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y proteger al afectado.

La Corte centró su análisis en los apercibimientos decretados el 21 de julio y el 14 de agosto. Ambos buscaban obligar al recurrente a cumplir la orden de entrega de la motocicleta y se fundaban en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, disposición que permite imponer multas de hasta 1 UTM o arresto de hasta dos meses para obtener el cumplimiento de una resolución judicial.

Para el tribunal resultó determinante que el amparado era un tercero ajeno al procedimiento de protección, circunstancia que no fue discutida por las magistradas que informaron el recurso. La Corte estimó que este solo antecedente permitía concluir que su libertad personal había sido ilegalmente afectada al decretarse en su contra medidas destinadas a obtener compulsivamente el cumplimiento de una sentencia que, además, se encontraba recurrida.

En esas circunstancias, concluyó que existía una amenaza evidente para la libertad personal del recurrente que justificaba otorgarle protección mediante la acción de amparo.

En consecuencia, la Corte de Copiapó acogió el recurso de amparo únicamente respecto de los apercibimientos decretados el 21 de julio y el 14 de agosto de 2026, los que dejó sin efecto. Asimismo, ordenó al Juzgado de Familia abstenerse de imponer nuevos apercibimientos contra el recurrente por el mismo motivo hasta que la sentencia de 8 de junio de 2026 se encuentre ejecutoriada.

Vea sentencia Corte de Copiapó Rol Nº347-2026 (amparo).

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