Recurso de protección acogido
Corte Suprema protege derecho al buen nombre y ordena eliminar publicaciones de Instagram y Whatsapp
El máximo Tribunal acogió un recurso de protección contra publicaciones que vinculaban a la recurrente y su cónyuge con un conflicto contractual, precisando que la libertad de expresión no es absoluta y debe ponderarse frente al derecho a la honra y al prestigio profesional de las personas afectadas.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que había rechazado el recurso de protección interpuesto por una persona contra otras dos por publicaciones realizadas en redes sociales.
La recurrente denunció la vulneración de sus derechos fundamentales al haberse realizado publicaciones en Instagram y WhatsApp calificando a su cónyuge como «estafador» e involucrándola directamente en un conflicto contractual inmobiliario. Sostuvo que dichas actuaciones afectaban indebidamente su honra y prestigio profesional.
En sus informes, los recurridos indicaron que las publicaciones se basaban en hechos reales relacionados con un proyecto inmobiliario frustrado, y que fueron realizadas en contextos privados o de acceso restringido.
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