Facultades del Ministerio Público.
CS confirma sentencia que desestima recurso de protección contra Ministerio Público por decidir no perseverar en causa de maltrato animal.
El acto denunciado se ha enmarcado dentro de la órbita de las facultades del ente persecutor, de maneraeque no es factible vislumbrar la ilegalidad anotada por el actor.

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Temuco, que rechazó el recurso de protección deducido en contra del Ministerio Público por decidir no perseverar en causa de maltrato animal.
El actor expuso que su perro siempre fue considerado como un miembro más de su familia, el cual se caracterizaba por ser juguetón, cariñoso e inofensivo. Sin embargo, un día escucharon un fuerte disparo desde el predio colidante, por lo que concurrieron al lugar, donde constataron que su mascota estaba en muy mal estado producto de un disparo, percutado por su vecino, quien adujo que el animal se encontraba en su propiedad.
Agrega que, por estos hechos presentó una querella en contra de aquel sujeto, como autor de maltrato animal, la cual fue acogida a trámite. No obstante, pasado un año sin tener noticias del órgano persecutor, el Fiscal informó el cierre de la investigación y resolvió no perseverar con el procedimiento.
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