Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

La emisión de ruidos molestos ha sido expresamente negada por el municipio y al existir una controversia la recurrente no cuenta con un derecho de carácter indubitado, resuelve la Corte Suprema.

No consta elemento técnico alguno que permita concluir que los hechos relatados, verificados hace más de cuatro años por la Superintendencia, y que fueran motivo del procedimiento contencioso administrativo sancionatorio iniciado por dicha entidad se hayan mantenido efectivamente hasta a la fecha.

Por Redacción·09 de enero de 2023·7 min de lectura
Imagen: gobiernosantiago.cl
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto por una vecina en contra de la Municipalidad de Independencia, por ruidos molestos relacionados con el funcionamiento del Polideportivo Enrique Soro.

En su libelo, la recurrente expuso que el Polideportivo genera gran bullicio, con decibeles por sobre la normativa establecida en la ley, debido a los escándalos de los hinchas que observan los partidos, consumo de drogas y alcohol, peleas entre clubes deportivos durante partidos de fútbol, uso de elementos de ruidos como bombos, vuvuzelas y los constantes silbatos de los árbitros.

En vista de ello, durante el año 2018, se ingresó a la Superintendencia del Medio Ambiente una denuncia que dio inicio a un contencioso administrativo sancionatorio (Rol D-113-2018), en el que se le formularon cargos a la “Corporación Municipal de Deportes Independencia”, a raíz de lo cual dicho órgano propuso un programa de cumplimiento de la normativa exigible: un proyecto que realizaría la empresa “Sam Acústica”, exigiendo la Superintendencia medidas adicionales ante la infracción que genera riesgo a la salud de la población que se dio por establecida. Sin embargo, fueron incumplidas por la Corporación por lo que fue multada por ello. Refiere luego que se encargó a otra empresa la instalación de una barrera aislante acústica, pero que no generó ninguna mitigación de los ruidos ya que la barrera no parte desde el nivel de piso y genera una fuga de ruido muy importante. Aclara que el recinto cerrado del Polideportivo Enrique Soro es actualmente un centro de vacunación, el que funciona durante toda la semana, y que los partidos de fútbol se han realizado solo los fines de semana; pero cuanto termine el proceso de vacunación, se reiniciarán los partidos durante toda la semana.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.