Recurso de protección rechazado.
Municipalidad no debe indemnizar por disponer la renuncia no voluntaria de trabajadora si su cargo era de exclusiva confianza por no estar afecta al sistema de Alta Dirección Pública, resuelve Corte de San Miguel.
El acto que se cuestiona por medio del presente arbitrio no puede ser calificado de arbitrario o ilegal al encontrar sustento precisamente en la legislación vigente

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad del Paine, por rechazar el pago de indemnización a una ex funcionaria luego de haber dispuesto su renuncia no voluntaria.
La actora expone que a pesar de haberse desempeñado en un cargo de exclusiva confianza desde el año 2015 hasta septiembre del año en curso, el municipio, le privó su derecho de compensación económica prevista en el artículo 148 de la ley 18.834 en relación con el artículo quincuagésimo octavo inciso 3° de la ley 19.882, luego de haberse puesto termino al contrato individual de trabajo, en modalidad de despido indirecto.
En mérito de ello, estima vulnerada la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, por lo que solicita que se ordene el pago de indemnización que le corresponde.
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Maria González Miranda GRUPO TERRORISTAS HAMÁS, ATENTAN CONTRA ABASTECIMIENTO de CHILE y AMÉRICA por TOMA de PASOS a través OCÉANOS, BARCOS CARGANDO GRANOS, HARINA, ACEITE, productos de PRIMERA NECESIDAD han SIDO INTERCEPTADOS y ROBADOS= ALERTA INTERNACIONAL !!
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