Recurso de amparo rechazado.
Negar el traslado de privados de libertad a unidad penal determinada no es ilegal, en atención a las características criminógenas de los condenados, resuelve la Corte de La Serena.
La decisión de Gendarmería obedece a parámetros técnicos, habiendo incluso ofrecido una alternativa de traslado a los amparados que no fue aceptada por la defensa.

La Corte de La Serena rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería por negarse a trasladar a cinco internos del Complejo Penitenciario de La Serena a otras unidades penales del país.
Los amparados alegaron que con ocasión de una huelga de hambre, la permanencia en la unidad penal actual se hace insostenible para su estabilidad física y psíquica, ya que los módulos en que se encuentran no cumplen con las condiciones mínimas para residir durante el tiempo de sus respectivas condenas, siendo el traslado de unidad penal la única vía para poder resguardar su integridad, pero no a cualquier unidad penal, pues Gendarmería como alternativa accedió a una unidad penal de Valdivia, sin embargo, dicho traslado agravaría mas la situación, en atención a que no cuentan con red familiar en esa ciudad.
En mérito de ello, uno de los condenados solicita ser trasladado al CDP Santiago Sur, otro al CCP de Arica y otro al CCP de Bio Bio.
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