Diario Constitucional

Protección de la vida privada.

Recurso de protección interpuesto en contra de instituciones financieras por supuestos registros ocultos de morosidades saldadas es rechazado.

El conocimiento de este asunto ha sido regulado por el legislador, por lo que, cabe rechazar el recurso al no ser la vía idónea para el conocimiento de esta materia.

Por Redacción·20 de julio de 2021·3 min de lectura
Recurso de protección interpuesto en contra de instituciones financieras por supuestos registros ocultos de morosidades saldadas es rechazado.
Referencial

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de apelación en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Puerto Montt que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de instituciones financieras, por un supuesto registro oculto de las morosidades saldadas por el recurrente, las que le impedirían acceder a un crédito hipotecario.

En su libelo, el recurrente explica que solicitó la apertura de una cuenta corriente en el Banco Santander, la cual fue negada por morosidades o protestos informados en conformidad a la Ley 19.628. Realizó la misma petición al Banco BCI, la cual también fue rechazada por haber dejado pendiente el pago de una deuda en el año 2001.

Agrega que, en el pasado mantuvo morosidades con diversos bancos, pero estas deudas se encontrarían saldadas, lo cual acredita mediante el informe DICOM y otro emitido por la CMF. Por este motivo, sostuvo que las recurridas mantendrían un registro oculto de sus morosidades y por ello, se le negaron los productos bancarios solicitados.

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