Recurso de protección acogido.
Separación del servicio que afectó a un bombero de Calama se decretó en contravención al derecho a un debido proceso del afectado, resuelve la Corte de Antofagasta.
La medida disciplinaria fue decidida solo por un Comandante de Bomberos, cuando lo que prescribe el Reglamento es que sea adoptada por un Consejo Superior de Disciplina conformado especialmente para evaluar situaciones de gravedad.

La Corte de Antofagasta acogió el recurso de protección interpuesto por un bombero en contra del Cuerpo de Bomberos de Calama, que separó del servicio al recurrente en apego a un Reglamento General que no cumpliría con el ordenamiento jurídico vigente.
El actor señala que, luego de servir por 25 años a la institución, fue separado del servicio y pasado al Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Calama, sin ser notificado formalmente de esa decisión, ni saber qué cargos se le imputan, remitiéndose solamente a comunicarle que se trataría de hechos graves.
Alega que el Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de la ciudad es ilegal, por cuanto contempla un procedimiento disciplinario aplicable a un sin número de sanciones, pero no describe las conductas asociadas a cada sanción, dejando al libre albedrío de las autoridades disciplinarias la imposición de castigos, todo lo cual vulnera sus garantías constitucionales a la integridad física y psíquica; debido proceso; igualdad ante la ley; y derecho de propiedad sobre su condición de bombero, por lo que solicita se deje sin efecto la suspensión o separación del servicio de que ha sido objeto.
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