Recurso de protección rechazado por Corte de Arica.
Si ya se iniciaron acciones judiciles para cobrar montos adeudados no es procedente el envío de correos electrónicos de cobranza extrajudicial.
Todos los días al revisar su correo se encuentra con mensajes que le anuncian el ejercicio de acciones judiciales, embargos y órdenes de arresto, lo que afecta su salud mental, alega el recurrente.

La Corte de Arica acogió el recurso de protección interpuesto en contra de un estudio jurídico por enviar correos electrónicos de cobranza extrajudicial de una deuda de una empresa de la que actualmente el recurrente dice no ser representante legal.
El actor expone que, a pesar de que hace más de once años no representa legalmente a la empresa, como así tampoco es director de la sociedad, el recurrido durante el mes de noviembre de 2022 le envió correos electrónicos a través de los cuales se le cobra de manera extrajudicial una deuda por cotizaciones previsionales y seguro de cesantía, lo que le ha afectado su salud mental o psicológica, en cuanto todos los días al revisar su correo se encuentra con mensajes que le anuncian el ejercicio de acciones judiciales, embargos y órdenes de arresto.
En mérito de ello, estima vulnerada la integridad psíquica, y solicita que se ordene el cese inmediato del envío de toda comunicación, correo, mensajes en cualquier soporte técnico o papel, de cobro de deudas de la sociedad.
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