Recurso de protección rechazado por Corte de San Miguel.
Zanja construida frente a centro de ceremonia de agrupación Mapuche por la Municipalidad de Peñaflor no vulnera garantías constitucionales si el comodato no se encuentra vigente.
Las obras que realiza el municipio lo son en el Parque El Trapiche más no al interior de la comunidad, de modo que corresponde a la facultad de administración que ejerce el recurrido sobre el bien municipal.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Peñaflor, por construir una zanja frente al ingreso del centro de ceremonia de una Agrupación Mapuche.
La Agrupación Mapuche expuso que a pesar de encontrarse vigente la prórroga del contrato de comodato aprobado por Decreto Alcaldicio de agosto de 2017, el municipio comenzó a construir una zanja profunda frente al portón de acceso al inmueble dado en comodato que corresponde a la única entrada al lugar ocupado por la recurrente dentro del Parque El Trapiche, lo que no sólo ha perturbado la tranquilidad de la comunidad comodataria, sino que, además ha amenazado la integridad física de los comuneros, en cuanto deben saltar o rodear la zanja por un pequeño espacio lateral para ingresar al centro ceremonial.
Aduce que, tampoco pueden ingresar vehículos con bidones con agua para el consumo humano, riego y para los animales que se encuentra en una granja educativa al interior del recinto.
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