Vacío judicial en violencia
La Puerta Giratoria de la Violencia Intrafamiliar: Cuando la Incompetencia se Transforma en Impunidad
Pese a su objetivo de reforzar la protección contra la violencia de género, la Ley N° 21.675 ha derivado en un vacío judicial que ralentiza la respuesta a las víctimas, al generar declaraciones de incompetencia de los juzgados de familia y trasladar los casos a un sistema penal más lento e ineficaz.

Isabel Warnier
Académica de la Facultad de Derecho UDD y socia del estudio jurídico Warnier Abogados.

La reciente entrada en vigencia de la Ley N° 21.675, que estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de la mujer en razón de su género, ha generado un efecto paradójico y preocupante en la práctica forense. Lejos de agilizar la protección de las víctimas, ha intensificado una tendencia jurisprudencial que, en la práctica, diluye la responsabilidad sancionatoria y deja a las víctimas en un peligroso limbo procesal: la declaración de incompetencia de los Juzgados de Familia ante la mera sospecha de un delito de maltrato habitual.
La Ley 20.066 distingue claramente entre los actos de violencia intrafamiliar que no constituyen delito, competencia de los juzgados de familia y el delito de maltrato habitual, sancionado penalmente en su artículo 14. En cumplimiento de la Ley N° 19.968, si un juez de familia estima que los hechos podrían revestir caracteres de delito, debe remitir los antecedentes al Ministerio Público para su investigación.
Así, lo que en teoría es un mecanismo para asegurar la persecución penal de los delitos más graves, en la práctica se ha convertido en una «puerta giratoria» para los autores de la violencia intrafamiliar. El problema de fondo radica en las consecuencias de la remisión. El Ministerio Público, sobrecargado y con recursos limitados, a menudo no cuenta con los medios para investigar con la celeridad que estos casos requieren. La investigación penal se rige por estándares probatorios distintos y más exigentes, lo que puede llevar y lleva, en un importante número de casos, a decisiones de no perseverar o al archivo provisional de las causas.
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