En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma pago de indemnización a nietas de víctima de tsunami que asoló localidad de Dichato.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 12° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que acogió la demanda deducida en contra del Estado.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $30.000.000 a las nietas de víctima que falleció alcanzada por la tercera ola del tsunami que asoló la localidad de Dichato, el 27 de febrero de 2010.
La sentencia indica que, conocido ya cómo está integrado y funciona el Sistema de Protección Civil, es conveniente recordar cuáles son las imputaciones que los actores han deducido en contra del Estado de Chile para confrontarlas con los protocolos legales y así definir la existencia o no de una falta de servicio en base a la prueba rendida en juicio.
La resolución confirmada agrega que, luego de ocurrido el terremoto Carabineros procuró la evacuación de la población costera de Dichato hacia zonas de seguridad, que sin embargo, una vez, ya en las zonas seguras, las autoridades cancelaron la alarma de tsunami y, difundieron información errada y falsa acerca de la inexistencia de riesgo de tsunami, aconsejando mantener la calma y retornar a sus hogares. En este contexto, las demandadas argumentan, que la información errónea difundida a la población modificó el curso causal provocado por un evento de la naturaleza y, el propio cuidado de la víctima por cuanto su abuela en la confianza de que lo informado por las autoridades era cierto, retornó a su alojamiento, creyendo que estaría segura, pero, sin embargo, al llegar a la zona costera de Dichato, el vehículo en el que se encontraba, fue alcanzando por la tercera ola, provocando su deceso como ya se ha dicho.
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