Invalidación de oficio.
Corte Suprema ordena pagar honorarios a administradora de inmueble en San José de Maipo que actuó sin existir mandato escrito entre las partes.
El máximo Tribunal estimó que la magistratura omitió ponderar la prueba testimonial y los correos electrónicos entre las partes, que daban cuenta de la existencia de un acuerdo para que la demandante se hiciera cargo de la administración de un inmueble, del cual obtuvo beneficios económicos para el demandado, que fue condenado a pagar $6.000.000.- en honorarios adeudados en favor de la actora.

Al conocer un recurso de casación en el fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que rechazó una demanda de cobro de honorarios.
La demandante sostuvo que durante varios años prestó servicios de administración y gestión judicial para el demandando, en circunstancias que aquel poseía un porcentaje de derechos respecto de un predio, como socio de una inmobiliaria.
Refiere que, inició sus labores en el año 2008 cuando le fue encargada la administración y venta de un inmueble en el sector de San José de Maipo. Añade que, pese a no constar por escrito el mandato ni sus honorarios, se debe entender tácitamente el monto de los mismos en un 20% de lo que haya logrado obtener producto de su gestión.
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