Dilaciones en protección sanitaria
Justicia que tarda: Lecciones del caso en que Corte ordenó a Isapre cubrir medicamento a paciente que había fallecido
El caso de María Inés Bonvin, fallecida antes de que la justicia ordenara la entrega del costoso medicamento que necesitaba para tratar su cáncer avanzado, expone las fallas del sistema judicial cuando se enfrenta al derecho a la salud. A pesar del fallo favorable, la justicia llegó demasiado tarde, lo que reabre el debate sobre los límites del rol de los tribunales y la urgencia de garantizar el acceso oportuno a tratamientos médicos en Chile.

¿Tiene sentido que la justicia resuelva un caso relativo a un medicamento de alto costo y de necesidad urgente casi un año después de que fue interpuesta la acción por la paciente, enferma de cáncer en grado avanzado? Esta es exactamente la situación en afecto a María Inés Bonvin, que fue diagnosticada de cáncer de mamas en mayo de 2023.
En junio del 2024 su oncólogo prescribe el medicamento Everolimus, dado el avance del cáncer. Este medicamento tiene un valor de 4 millones mensuales y posiblemente llegando, según la dosis, a 6 millones. Su Isapre, Cruz Blanca, denegó el medicamento, argumentando que era un medicamento no cubierto por GES y no cumplir los criterios del Instituto de Salud Pública (IPS). Ante la negativa, se interpuso un recurso de protección, en junio 2024, por afectación de las garantías de vida, integridad física y psíquica, salud y propiedad, ante la Corte de Apelaciones de Santiago. La corte falló acogiendo el recuso y ordenando la entrega del medicamento, en agosto de este año. Desgraciamente, a esa fecha, María Inés ya había fallecido, en agosto del año pasado.
El caso de María Inés sin duda levanta varias cuestiones relativas a la efectiva protección de la salud y del rol de los tribunales respecto a ella, que son comunes a muchos chilenos. Una es la protección jurisdiccional cuando hay una afectación de aquella. Las cortes, conociendo habitualmente por vía del recurso de protección, fallan frecuentemente respecto a casos de denegación de medicamentos o de procedimientos médicos, ya sea por prestadores o seguros privados o públicos. La extrema demora en este caso no parece ser lo habitual, siendo el recurso de protección un instrumento diseñado para su relativamente rápida resolución, en cuestión de meses, por lo que la dilación en este caso, y siendo aún solo en el fallo de primera instancia, es algo que parece excepcional y por ello aún más criticable, dadas las graves circunstancias que lo originaban. Una justicia que llega tan tarde se convierte en la práctica, en una denegación de justicia.
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