Diario Constitucional

Reitera dictamen.

CGR determina que no le compete ponderar la veracidad del motivo o la razón por la cual ex alcalde no participó como candidato en las elecciones que indica.

Dado que a la data de la declaración de candidaturas a senadores y diputados el ex jefe comunal ya no tenía la calidad de funcionario público.

Por Redacción·30 de julio de 2018·3 min de lectura
CGR determina que no le compete ponderar la veracidad del motivo o la razón por la cual ex alcalde no participó como candidato en las elecciones que indica.
Referencial

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de la Municipalidad de Cerro Navia- la reconsideración del dictamen N° 43.650 de 2017, por el cual se concluyó, que la obligación de entregar el acta de traspaso de la gestión municipal recae en la persona que a la data de la sesión de instalación del concejo municipal se encuentra ejerciendo el cargo de alcalde titular.

Al respecto, la entidad contralora recuerda que el pronunciamiento cuya reconsideración se requiere indicó, por una parte, que del tenor del inciso cuarto del artículo 67 de la Ley N° 18.695, y en armonía con los principios de eficiencia y eficacia, era posible entender que la entrega del acta de traspaso corresponde a la jefatura comunal y está establecido en beneficio de las autoridades que inician un nuevo período como alcaldes y concejales; y, por otra, que de conformidad con los artículos 60, letra d), y 62 del referido cuerpo normativo, fue posible colegir, que producida la vacancia del cargo de alcalde quien asume en tal calidad ejerce dicha plaza con todas las prerrogativas y deberes que esta conlleva.

Asimismo, hace presente que el dictamen en cuestión concluyó, que de conformidad con el pronunciamiento N° 85.300 de 2016, la oportunidad para entregar el acta de traspaso de la gestión es en la sesión de instalación del concejo municipal, por lo que dicha obligación recaerá en la persona que a esa data se encuentre ejerciendo el cargo de alcalde titular y, dado que el exalcalde de la comuna renunció antes de terminar su mandato de cuatro años, la responsabilidad de hacer entrega de un acta de traspaso de gestión correspondió al nuevo jefe comunal elegido por el concejo municipal de entre sus miembros.

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