Diario Constitucional

Contraloría General de la República.

Servidores públicos no pueden asumir en el ejercicio de la función pública una posición en relación a la materia que será objeto de consulta en el plebiscito del 17 de diciembre próximo.

Personal que compone la Administración del Estado, está impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración, regla que se aplica a autoridades, jefaturas y funcionarios.

Por Redacción·01 de diciembre de 2023·7 min de lectura
Servidores públicos no pueden asumir en el ejercicio de la función pública una posición en relación a la materia que será objeto de consulta en el plebiscito del 17 de diciembre próximo.
Referencial

Al igual como se procedió con motivo del anterior Plebiscito Constitucional realizado el 4 de septiembre de 2022, la Contraloría General, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, estimó necesario impartir instrucciones, a las cuales deben ajustarse las actuaciones de las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado.

En especial, la Contraloría reitera las directrices impartidas a través de su oficio N° E208180, de 2022, en orden a que el Ejecutivo no puede asumir en el ejercicio de la función pública una posición sobre la materia que será objeto de consulta en este nuevo proceso plebiscitario.

Principios que rigen la actuación de las autoridades y funcionarios públicos.
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