Sanción por la guerra de Ucrania no opera en este caso.
Autenticación notarial de compraventa de inmueble perteneciente a una sociedad rusa no viola la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico a entidades rusas, resuelve el TJUE.
Mediante la autenticación, el notario realiza, de manera independiente e imparcial, una función de servicio público que le encomienda el Estado. Más allá de esta autenticación, no parece que preste un asesoramiento jurídico destinado a promover los intereses específicos de las partes.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó, en el marco de una cuestión prejudicial, que la autenticación de un contrato de compraventa relativo a un inmueble de propiedad rusa no viola la prohibición de prestar, directa o indirectamente, servicios de asesoramiento jurídico al Gobierno de Rusia o a personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Rusia, en el marco de las “Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania”.
En Berlín (Alemania), un notario negó la autenticación de un contrato de compraventa relacionado con un apartamento ubicado en dicha ciudad, que pertenecía a una sociedad rusa no incluida en la lista de entidades de este país sancionadas por la UE. El notario consideró que tal autenticación podría infringir la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico a personas jurídicas establecidas en Rusia. Esta prohibición fue establecida por la Unión Europea en 2022, en el marco de las sanciones impuestas a Rusia por la guerra en Ucrania.
Ante esta situación, un tribunal local presentó una cuestión prejudicial ante el TJUE, solicitando una interpretación del alcance de dicha normativa. En este contexto debía determinar si la autenticación de un contrato de compraventa por parte de un notario se incluía dentro de la prohibición de prestar servicios jurídicos a entidades rusas, conforme a la normativa aplicable.
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