Recurso de casación en el fondo rechazado.
Inoponibilidad de compraventa, hipoteca y prohibición de enajenar, respecto de inmueble que pertenece a sociedad conyugal, se confirma por la Corte Suprema.
La magistratura hizo lugar a la inoponibilidad, así como a la reivindicación del 50% de los derechos del predio que pertenecen a la actora por no concurrir aquella a la venta celebrada por su ex esposo con un tercero, ocurrida dos años después del divorcio.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Copiapó, que confirmó aquella de base que hizo lugar parcialmente a una demanda de inoponibilidad de contrato y acción reivindicatoria.
La actora accionó en contra de su ex esposo y un tercero, a quien el primero vendió un inmueble adquirido durante la vigencia del matrimonio, solicitando que la venta le sea inoponible, así como la reivindicación de la porción del predio que le pertenece.
La actora indicó que se divorció del demandado en 2011, y en el año 2013 su ex esposo vendió la propiedad, sin haber disuelto antes la sociedad conyugal y sin concurrir ella a la celebración del contrato, gravando el inmueble con una hipoteca y prohibición de enajenar en favor del banco que financió la compra del tercero; todos actos inoponibles para la demandante.
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