Diario Constitucional

Legitimación activa.

Corte de Casación de Francia resuelve que el arrendador no puede interponer una acción por la vulneración del derecho a la vida privada y familiar y a la vivienda de sus arrendatarios.

El demandante debe justificar un interés personal, demostrando que es víctima de la supuesta violación.

Por Redacción·25 de agosto de 2021·2 min de lectura
Corte de Casación de Francia
Referencial

La Corte de Casación de Francia desestimó el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia dictada por una Corte de Apelaciones que confirmó el fallo de primera instancia, el que, a su vez, acogió la demanda interpuesta por el Municipio de Cabrières.

El caso se refiere a la acción interpuesta por el dueño de una casa de campo situada en Cabrières, una zona agrícola en la que el plan urbano solo permite la construcción de infraestructura destinada a la actividad agrícola. Frente a lo anterior, el municipio interpuso una acción contra el propietario para que, demoliéndola o modificándola, devolviera la propiedad a su estado original. Alega que el demandado había habilitado varios apartamentos para vivienda, los que había arrendado a distintas familias.

El recurrente arguyó que dicha medida atenta contra los derechos a la vida privada y familiar y a la vivienda de sus arrendatarios, todos consagrados en el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Por lo anterior, considera, el tribunal debe efectuar un examen de proporcionalidad respecto de la injerencia sobre estos derechos.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.