Diario Constitucional

Argentina.

Derecho de la mujer para decidir interrumpir su embarazo tiene preeminencia sobre los del padre que se opone a ello.

La libertad y autonomía de las mujeres en materia de salud sexual y reproductiva ha sido históricamente limitada, restringida o anulada con base en estereotipos de género perjudiciales. Ello se ha debido a que se ha asignado social y culturalmente a los hombres un rol preponderante en la adopción de decisiones sobre el cuerpo de las mujeres y a que estas son vistas como el ente reproductivo por excelencia.

Por Redacción·06 de mayo de 2023·3 min de lectura
imagen: elconfidencial.com
Referencial

La Cámara de Apelación Civil y Comercial de Trenque Lauquen (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por un hombre que había solicitado protección para la vida de su hijo que está por nacer y el amparo de sus derechos de padre, al estimar que los derechos de la mujer tienen preeminencia para interrumpir el embarazo.

El recurrente interpuso una medida precautoria en primera instancia para impedir que su ex pareja interrumpiera su embarazo, puesto que anteriormente había manifestado su deseo de no dar a luz al niño. Sin embargo, su pretensión fue desestimada por el a quo, que estimó que el derecho de la mujer está amparado por la Ley 27610, por lo que dictaminó su falta de legitimación.Esta normativa establece que la decisión de abortar corresponde exclusivamente a la madre.

Además, sostuvo que la jurisprudencia de la Corte Suprema señala expresamente que esta materia no puede ser susceptible de judicialización. El hombre impugnó el fallo vía apelación, aduciendo que el juzgado no valoró la normativa aplicable al caso que reconoce su derecho a oponerse a la interrupción del embarazo, como la Convención de los Derechos del Niño y el Código Civil, cuyos preceptos le confieren legitimación para accionar en su calidad de padre.

Comentarios (1)

  1. Antoine Peñaloza

    Si, claro, ahora los padres no tenemos ninguna opinión respecto del futuro de nuestros propios hijos, por cuanto se considera como absoluta la mera voluntad de la mujer (nótese el tratamiento de la mujer como gestante-como si el hombre pudiera gestar o algún otro ser humano pudiera embarazarse-, pero bueno, el progresismo en su obscurantismo más acérrimo) olvidando que el interés superior del hijo por nacer requiere de la necesaria e ineludible coparentalidad. Los argentinos hace mucho que rompieron no sólo los records de corrupción, sino de ignorancia e imbecilidad. Lástima, por un país con tanto potencial.

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