Diario Constitucional

Tribunal argentino.

Despido de trabajadores que bloquearon acceso a su empresa se ajusta a derecho, al incurrir en actos violentos que no califican como huelga.

Toda medida de fuerza que adopten los trabajadores debe ser pacífica, pues la legalidad del ejercicio de tales derechos está subordinada a que no exista violencia sobre las personas o las propiedades; siendo viable el despido de aquellos que implementaron conductas en violación a estos parámetros, debido a que los derechos que atribuye el ordenamiento jurídico no autorizan a los empleados a cometer arbitrariedades.

Por Redacción·27 de agosto de 2023·3 min de lectura
imagen: sindicatospence.cl
Referencial

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe (Argentina), desestimó los recursos de nulidad y apelación parcial deducidos por unos trabajadores que impugnaron sus despidos. Dictaminó que las medidas que ejercieron contra su empleador no pueden ser reputadas como huelga, pues califican como actos violentos.

Según los hechos narrados, los recurrentes protagonizaron una protesta en dependencias de su empresa, con el fin de presionar a su empleador para lograr su afiliación a un sindicato. Durante un lapso de 15 días bloquearon todos los accesos del recinto y hostigaron a clientes y trabajadores que no quisieron sumarse a sus reclamos.

Tras estos actos fueron despedidos por su empleador, motivo por el cual dedujeron una demanda en su contra que fue rechazada en primera instancia. Recurrieron esta decisión en estrados del tribunal ad quem, alegando que ela quo valoró erróneamente las pruebas y que ello implicó que fueron calificados como un “simple grupo de violentos”. A su juicio la empresa no sufrió pérdidas económicas a partir de sus actos, según constaba, presumiblemente, en los registros contables.

Comentarios (4)

  1. Adolfo

    que distinta es la justicia en otros Países, en Chile estarían en la cárcel los que se manifestaron. bien por Argentina que incluso castigo en su oportunidad a todos los golpistas y asesinos del régimen militar, aquí a 50 años se da el ridículo de causas abiertas o de fallos recientes.

    1. Claudio Lorca

      me parece que entendiste muy mal. a los trabajadores que protestaron de forma violenta los despidieron y fueron a la corte a reclamar y ese reclamo de los trabajadores despedidos fue rechazado por su actuar violento. En Chile hubiera Sido similar.

    2. José

      No estoy seguro que la medida sea muy justa, pero si estoy de acuerdo que las personas violentas deben tener un castigo, que no haya impunidad. En Chile, estoy seguro que en actos como estos no pasaría nada, es más se acabala huelga y, sin importar la violencia que se hubiera generado, al final se hubiese entregado un bono de fin del conflicto. Esta es una de las tantas razones por lo que mucha gente se toma la justicia por sus propias manos. Todo está permitido con una justicia que funciona a medias y simplemente no funciona.

  2. Omar

    Ganó la empresa, pues la justicia consideró que los actos de la huelga fueron vandálicos!!! jajajajajajajaja igual que en Chile… Acá los platos rotos los pagan policías…

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