Responsabilidad civil.
Empresa eléctrica debe indemnizar el daño material y moral a cliente por corte de luz que causó la muerte de los peces de su acuario, resuelve tribunal argentino.
Teniendo en cuenta las circunstancias del caso, aludiendo a las zozobras y molestias espirituales que le causara al afectado la sucesión de reclamos y trámites a los que se vio obligado para conseguir el reconocimiento de sus derechos, así como los padecimientos presumibles debido a la incidencia de la prestación indebida del servicio en su vida y la pérdida de sus mascotas, se estima adecuada la cantidad determinada por daño moral.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de (Argentina), confirmó parcialmente el fallo dictado contra una empresa eléctrica que fue condenada a indemnizar el daño causado a un cliente, a raíz de un corte de luz que provocó la muerte de sus peces. Si bien estimó acreditada su responsabilidad en los hechos, rebajó el monto indemnizatorio impuesto por concepto de daños materiales.
Según los hechos del caso, un hombre demandó a una compañía eléctrica tras sufrir un corte de luz de 4 días, que provocó la muerte de los peces de su acuario y daños en su computadora, a causa de un problema de sobretensión. Alegó que la empresa incumplió su deber de reponer el servicio a la brevedad, por lo que exigió el pago de una indemnización de perjuicios.
En su contestación, la empresa reconoció el corte de luz, aunque aseguró haber actuado con “extrema diligencia” para solucionar el desperfecto. Agregó que la continuidad del suministro eléctrico no es absoluta ya que pueden existir contingencias no previsibles que pueden interrumpir el servicio, como condiciones meteorológicas extremas. Finalizó arguyendo que los daños alegados no fueron debidamente acreditados y que el afectado debió contar con una instalación de seguridad para aminorar los riesgos de la sobretensión.
Temas
Te puede interesar

Argentina.
Los emojis no son un signo inequívoco de la manifestación de voluntad en el ámbito de las comunicaciones digitales, resuelve un tribunal argentino.

Recurso de casación en el fondo acogido.
Querella de amparo es improcedente si el denunciante es mero tenedor de la cosa cuya posesión acusa perturbada.

Corte Suprema de Canadá.
Ex cónyuge que pago primas del seguro de vida pero que fue reemplazada como beneficiaria por su ex marido en favor de la nueva pareja de éste, tiene derecho a percibir la indemnización pues de lo contrario habría enriquecimiento sin causa.

