Argentina
Empresa YPF es condenada a remediar el daño ambiental que causó por contaminar napas de agua, tras acreditarse su responsabilidad solidaria en los hechos.
Estamos ante la presencia de un daño ambiental colectivo. Por ello si en la comisión de un daño ambiental colectivo, hubieren participado dos o más personas o no fuere posible la determinación precisa de la medida del daño aportado por cada responsable, todos serán responsables solidariamente de la reparación ante la sociedad, sin perjuicio en su caso del derecho de repetición entre sí.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por la compañía YPF, confirmando así su responsabilidad solidaria por el daño ambiental causado al terreno y a un curso de agua subterránea (napa freática) mediante la filtración de hidrocarburos. En esta causa también fue condenada una empresa colectora, por lo que ambas compañías deberán financiar los trabajos para remediar el daño causado.
El caso tiene su origen en una demanda que la colectora interpuso contra YPF, en su calidad de propietaria del terreno en que funcionaba su estación de servicio. Solicitó que fuera condenada por los daños ambientales provocados en el lugar. El juez a quo acogió parcialmente la demanda, pues estimó la reconvención deducida por YPF, por lo que ambas partes fueron condenadas en forma solidaria. Por este motivo apelaron el fallo en segunda instancia.
YPF alegó que la compañía carecía de legitimación activa para demandar por ser la causante del daño ambiental. Además, adujo que no se probó debidamente su titularidad respecto de los tanques productos relacionados con el daño causado. Por su parte, la empresa colectora señaló que el fallo viola el principio de congruencia en cuanto no puede condenársela o hacerla responsable solidaria de ningún daño en atención a que no ha mediado demanda contra su parte ”.
Temas
Te puede interesar

España.
Cuidadora de adulto mayor es absuelta por el delito de estafa pese a que no devolvió el dinero.

Posible vulneración de la Primera Enmienda.
Corte Suprema de Estados Unidos revisará la constitucionalidad de leyes de Florida y Texas que regulan las redes sociales.

Vulneración de la dignidad humana.
Municipio debe garantizar el suministro de energía eléctrica a comunidad rural, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

