Diario Constitucional

España.

Extinción del derecho de alimentos de mayor de edad por rechazar injustificadamente toda relación con el padre, se ajusta a derecho.

En principio podía ser normal un alejamiento por la experiencia traumática del divorcio para una menor de 11 años, como cuando el padre inicia una nueva relación, pero no se entiende que esa situación perdure al día de hoy sin causa justificada.

Por Redacción·16 de septiembre de 2022·2 min de lectura
Extinción del derecho de alimentos de mayor de edad por rechazar injustificadamente toda relación con el padre, se ajusta a derecho.
Referencial

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (España), desestimó el recurso de apelación que la recurrente dedujo contra el fallo de instancia que extinguió su pensión de alimentos

Los padres de la recurrente se divorciaron cuando ella tenía 11 años. En la causa de divorcio se resolvió que el padre debía pagar a ella y a su hermana una pensión de alimentos de 700 euros mensuales.

El padre dedujo demanda para solicitar el cese de su obligación, alegando que no mantiene contacto con sus hijas desde hace 6 años debido a que ellas repetidamente lo han rechazado.

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